martes, 10 de septiembre de 2013

Definición de 'agricultura ecológica'

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha creado la denominación genérica de calidad "agricultura ecológica" como "agricultura alternativa que se propone obtener unos alimentos de máxima cualidad nutritiva, respetando el medio y conservando la fertilidad del suelo, mediante una utilización óptima de los recursos locales sin la aplicación de productos químico-sintéticos".

A veces, también se la llama agricultura "biológica" para resaltar el hecho de que es una agricultura natural que evita los productos químicos, tanto en el abonado del suelo, como en el tratamiento de las hierbas -en realidad, no existen las "malas hierbas"- que hacen competencia al cultivo principal o de las enfermedades y plagas.

El término "agricultura ecológica" es un término más amplio que abarca:

a) La colaboración con la naturaleza, en lugar de luchar contra ella y de explotarla.

b) El énfasis en la armonía y el equilibrio entre todos los seres vivos -seres humanos, animales y plantes- como partes de un mismo ecosistema.

c) El esfuerzo por la recuperación de las semillas y las variedades autónomas, colaborando así a restablecer la biodiversidad.

d) La especial consideración del suelo como organismo vivo que hay que enriquecer a corto y a largo plazo, mediante el abono orgánico, evitando su deterioro definitivo.

e) La preocupación por la calidad -propiedades alimentarias y sabor- de los productos cultivados, así como de su conservación y abaratamiento de costes, acortando los circuitos de distribución.

f) El máximo ahorro de energía procedente de fuentes no renovables -petróleo y otros productos químicos- y la máxima utilización de las energías renovables (energía solar y eólica, ahorro de agua, reciclaje de productos...).

g) La evitación del uso de abonos químicos, pesticidas y herbicidas.

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